PROGRAMA SALUD OCUPACIONAL
Definición
Es el conjunto de medidas y acciones dirigidas a preservar, mejorar y reparar la salud de las personas en su vida de trabajo individual y colectiva.
Las disposiciones sobre salud ocupacional se deben aplicar en todo lugar y clase de trabajo con el fin de promover y proteger la salud de las personas.
EN QUE CONSISTE UN PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL?
El programa de salud ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Higiene y Seguridad y Medicina Preventiva, que tienen como objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en su ambiente laboral
OBJETIVOS DE LA SALUD OCUPACIONAL
"Promover y Mantener el mas alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas sus profesiones; prevenir todo daño causado a la salud de estos por las condiciones de trabajo; protegerlos en su empleo contra los riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos para la salud; colocar y mantener el trabajador en un empleo acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicológicas y, en resumen, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo."
IMPORTANTE
QUE ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO (Art. 9 Decreto 1295 de 1994)
- Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
- Todo proceso que se produce durante la ejecución de ordenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
- Todo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
No es accidente de trabajo :
El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como laborales, recreativas, deportivas o culturales, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante ,los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
QUE ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO (Art. 9 Decreto 1295 de 1994)
- Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
- Todo proceso que se produce durante la ejecución de ordenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
- Todo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
No es accidente de trabajo :
El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como laborales, recreativas, deportivas o culturales, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante ,los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
- Todo accidente de trabajo por mínimo que sea debe ser reportado obligatoria e inmediatamente en la oficina de División de Personal. Dicho reporte debe ser enviado por la Universidad a la Administradora de Riesgos Profesionales y a la E.P.S. dentro de los (2) días hábiles siguientes de ocurrido el accidente.